EL ENACOM intervenido por 180 días
Cuáles son los objetivos y metas de la intervención? Qué se quiere controlar y qué esperar de esta intervención al viejo estilo COMFER..
Hola esta es una edición especial de MEM Newsletter para tratar el tema de la intervención del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES que se publicó en el boletín de hoy e inicia mañana y durará hasta el mes de Julio. ¿Qué esperar de estos primeros 180 días de intervención?.. analicemos…
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Se publicó hoy en el Boletín el Decreto 89/24 que inicia la intervención del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) y designa las nuevas autoridades (hasta tanto finalice el proceso y se designen las autoridades del próximo Directorio). Pero ¿de qué se trata este proceso?
Intervención del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
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Las tareas de dicha intervención y sus alcances deben dirigirse a evaluar e informar sobre la situación actual del ENTE en referencia al cumplimiento de sus competencias.
a) deberán
analizarse muy especialmente las implicancias devenidas en el mercado de las TIC a partir del DNU N° 690/20 y los actos administrativos de aplicación surgidos como consecuencia de ello.
b) deberá
informarse sobre las medidas cautelares judiciales vigentes, así como sentencias judiciales contra actos administrativos
c) deberá efectuarse un
relevamiento a efectos de propiciar su reorganización funcional y operativa, conforme las competencias asignadas a dicho Ente por las Leyes N° 26.522 y N° 27.078
d)
la reorganización deberá procurar la simplificación de los procesos administrativos, así como la reducción de trámites excesivos.
e)
las tramitaciones pendientes relacionadas con las autorizaciones radioeléctricas, licencias y registros deberán ser puestas al día, proponiéndose nuevos mecanismos informáticos tendientes a agilizar dichos trámites.
f) deberán determinarse y
redefinirse los programas y el alcance de los proyectos sobre el FFSU y del FOMECA, y el estado de otorgamiento y cumplimiento de los
Aportes No Reembolsables.
g) corresponderá efectuar un
exhaustivo análisis de las regulaciones vigentes,
evaluando si las mismas devinieron obsoletas o si, por su contenido, demoran y dificultan el avance tecnológico,
proponiendo, en su caso, las acciones necesarias para su actualización.
h) deberán evaluarse las acciones tendientes al
ordenamiento del régimen de revista del personal de dicho Ente.
#Affaire Tic. El sector privado tiene varios reclamos administrativos y judiciales que viene realizando al organismo, se espera que los interventores se pongan en conocimiento de estos y generen un nuevo marco normativo que subsane las diferencias que se profundizaron en la gestión anterior..
Nueva normativa en materia de tasas, tarifas, reglamento de clientes, servicio universal, aportes no reembolsables, etc..
#Licencias, transferencias, habilitaciones en el marco de las adjudicaciones de frecuencias se espera una revisión de procesos iniciados y posibles adecuaciones que se deban realizar; ya que la intervención se propone:
Relevar y analizar los procedimientos llevados adelante por la AFSCA en relación con los Planes de Adecuación a la Ley N° 26.522 y por la AFTIC en relación con el régimen para prestadores entrantes previstos en la Ley N° 27.078.
Determinar y redefinir la tramitación de expedientes en cuanto a Transferencias, Multas, Régimen del Reglamento de Clientes, tasas, etc.
Determinar e impulsar las tramitaciones que se encuentran pendientes en el Ente relacionadas con la asignación de recursos, autorizaciones radioeléctricas, licencias y registros, entre otros, proponiendo y adoptando mecanismos informáticos para agilizar dichos trámites.
#Actualización y Cambios normativos; la intervención del ENACOM implicará cambios normativos y una reestructuración del organismo que implicará una posible reducción de las coordinaciones y la consolidación de una visión más centralizada desde Buenos Aires hacia el interior..
Determinar y planificar de acciones tendientes a la actualización de la normativa fundamental de los servicios de TIC y de los servicios audiovisuales con el objetivo de propender a la eficiencia, calidad y universalización de acceso a los servicios.
Determinar y proponer a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las acciones tendientes al ordenamiento del régimen del personal del Ente en cuanto a su condición de revista.
Informar a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA la existencia y cumplimiento de posibles observaciones y recomendaciones sobre las acciones de regularización y/o correctivas que se hubieren encarado.
Finalmente estos detalles de la Intervención son más bien un principio, ya que el decreto indica que no limita las facultades y competencias de los Interventores, propias del ejercicio de los deberes y atribuciones establecidos en las Leyes N° 26.522 y N° 27.078. Con lo cual, con esta intervención, el ENACOM entra en plenas funciones; además de los cambios, modificaciones y revisiones que se pretenden realizar..
-> Dispónese la intervención del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM), ente autárquico y descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos. Dicho período podrá ser prorrogado por única vez por la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
-> Desígnase Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) al
licenciado Juan Martin OZORES (D.N.I. N° 24.043.157).
-> Desígnanse interventores adjuntos del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
(ENACOM) a la doctora Patricia Zulema ROLDAN (D.N.I. N° 23.665.020) y al doctor Alejandro Fabio PEREYRA (D.N.I. N° 17.636.359).
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