El Feed #36 (radios ilegales)
ENACOM declara ilegales a 20 Radios que venían operando
Hola amigos del feed, en las noticias de los últimos días el ENACOM está tomando una medida ejemplar contra las radios clandestinas e ilegales. Disponiendo el cese de las emisiones y sanciones para los titulares de radios sin licencias. A pesar de la falta de delegaciones el organismo quiere Ordenar el espectro en el interior del país...
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RADIOS ILEGALES
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RESOLUCIÓN-2024-357-APN-ENACOM#JGM|Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RED ALELUYA”, que opera en la frecuencia 105.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle Nicolás Avellaneda Nº 258, de la localidad de ZÁRATE, provincia de BUENOS AIRES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión, mediante la ejecución del correspondiente mandamiento librado por el Juez competente, adjuntándose a tal fin, copia autenticada de la presente.- Inhabilítase por el término de CINCO (5) años al señor Carlos ARROYO (C.U.I.T. Nº 23- 27073077-9), para ser titular, socio, o integrar los órganos de conducción social de un licenciatario de servicios contemplados en la Ley Nº 26.522.”
RESOLUCIÓN-2024-343-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “TELEVISION LITORAL S.A”, que emite en la frecuencia 105.3 MHz, desde el domicilio sito en la calle Las Golondrinas S/Nº, esquina Avenida De Las Calandrias, de la localidad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-341-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RETRANSMITE BBN”, que opera en la frecuencia 93.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle Hugo Wast S/N°, entre calles 19 de Abril y Córdoba, de la localidad de MONTERRICO, provincia de JUJUY. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-345-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM SALVACIÓN”, que opera en la frecuencia 106.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle 25 de Mayo S/Nº, esquina Hipólito Yrigoyen, predio “Iglesia Jesús es Rey”, de la localidad de CLORINDA, provincia de FORMOSA.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-352-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM MEGA”, que emite en la frecuencia 104.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle Edelman N°315, de la localidad de NEUQUEN, provincia homónima.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-354-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO FE”, que emite en la frecuencia 103.9 MHz, desde el domicilio sito en la calle sin nombre, S/Nº, de la localidad de SANTO TOMÉ, provincia de CORRIENTES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-353-APN-ENACOM#JGM |Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM INTEGRACIÓN LATINA”, que opera en la frecuencia 90.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle 4 S/N°, esquina La Paz, de la localidad de INGENIERO BUDGE, provincia de BUENOS AIRES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento de lo dispuesto, se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
RESOLUCIÓN-2024-338-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “ROCK & POP”, que opera en la frecuencia 106.5 MHz, desde el domicilio sito en la Avenida Colón (S) S/N°/388, colinda con el N° 370 hacia Avenida Sáenz Peña, de la localidad de SANTIAGO DEL ESTERO, provincia homónima. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones.
RESOLUCIÓN-2024-340-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM ANGACO”, que opera en la frecuencia 104.5 MHz, desde el domicilio sito en Laprida (E) S/Nº, esquina Rawson (S), de la localidad de VILLA DEL SALVADOR, provincia de SAN JUAN. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones.
RESOLUCIÓN-2024-339-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM FAMILIA”, que emite en la frecuencia 93.1 MHz, desde el domicilio sito en la calle Urquiza S/Nº, de la localidad de APOSTOLES, provincia de MISIONES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones.
RESOLUCIÓN- 2024-399-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM NUEVA VIDA EN CRISTO”, que emite en la frecuencia 96.9 MHz, desde el domicilio sito en la calle Cordoba S/N°, entre calles Padre Kloster y Tucuman, de la localidad de BELLA VISTA, provincia de CORRIENTES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento de lo dispuesto se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-397-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM DE MAS”, que emite en la frecuencia 107.7 MHz, desde el domicilio sito en la calle Falucho Nº28, de la localidad de CONCORDIA, provincia de ENTRE RIOS. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento de lo dispuesto se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-355-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FLOW RADIO”, que opera en la frecuencia 93.3 MHz, desde el domicilio sito en la calle Pública sin Nombre S/Nº, cima del Cerro Chenque, de la localidad de COMODORO RIVADAVIA, provincia del CHUBUT. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-375-APN-ENACOM#JGM| Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM PODER”, que emite en la frecuencia 95.3 MHz, desde el domicilio de estudios sito en la calle Campoamor S/N°, entre las calles Bragado y Cafayate y planta transmisora en la calle Bragado S/N°, esquina Antonio Machado, ambos de la localidad de INGENIERO BUDGE, provincia de BUENOS AIRES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-370-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM 91.3”, que opera en la frecuencia 91.3 MHz, desde el domicilio sito en la calle O´Higgins Nº 4162, de la localidad de EZPELETA, provincia de BUENOS AIRES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-356-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO EL SIGNO”, que opera en frecuencia 107.7 MHz, desde el domicilio de estudio sito en la calle Roca S/Nº, entre las calles Pedro Ferré y Papa Francisco y planta transmisora en la calle Papa Francisco S/Nº, entre las calles Berón de Astrada y Roca, ambos de la localidad de LAVALLE, provincia de CORRIENTES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-376-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM ARUMA”, que opera en la frecuencia 101.1 MHz, desde el domicilio sito en calle Ingeniero Carlos Snopek S/N°, Manzana 14 - Lote N° 6, de la localidad de PAMPA BLANCA, provincia de JUJUY. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN-2024-373-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “FM AÑORANZA”, que opera en la frecuencia 100.1 MHz, desde el domicilio sito en la calle General Lavalle (Ex Triunvirato) Nº 7845, de la localidad de JOSÉ LEÓN SUAREZ, provincia de BUENOS AIRES. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN- 2024-358-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “LA CIEN LA RIOJA”, que emite en la frecuencia 96.5 MHz, desde el domicilio sito en la calle 9 de Julio N° 405, de la localidad de LA RIOJA, provincia homónima. - Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede. - En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión.
RESOLUCIÓN- 2024-359-APN-ENACOM#JGM | Declárase ilegal, en los términos del Artículo 116 de la Ley Nº 26.522, al servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia denominado “RADIO ACTIVA”, que emite en la frecuencia 107.3 MHz, desde el domicilio sito en la calle sin nombre S/Nº, esquina Avenida Raul Alfonsin, de la localidad de FORMOSA, provincia homónima.- Intímase al cese inmediato y definitivo de las emisiones y al desmantelamiento de las instalaciones afectadas al servicio referido en el artículo que antecede.- En caso de incumplimiento se procederá a la incautación y el desmantelamiento de las instalaciones del servicio en cuestión
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#COMUNIDAD
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Cambio tributario: se suprimen los aranceles de Sadaic por la reproducción de música en espacios privados - El reciente decreto 765/2024, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional y publicado en el Boletín Oficial el 28 de agosto de 2024,generó un cambio significativo en los aranceles recaudados por Sadaic (Sociedad de Autores y Compositores de Música) por la reproducción pública de música, al establecer explícitamente la exclusión de las reproducciones realizadas en ámbitos privados. https://radiofonica.com/cambio-tributario-se-suprimen-los-aranceles-de-sadaic-por-la-reproduccion-de-musica-en-espacios-privados/
EL SATSAID RECHAZÓ POR INSUFICIENTE LA PROPUESTA DE LAS CÁMARAS Y SE FIJÓ UN CUARTO INTERMEDIO HASTA EL JUEVES - Con el objetivo de retomar la negociación paritaria para canales abiertos, productoras y señales, la comisión paritaria del SATSAID se reunió este martes con representantes de la Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas (ATA) y de la Cámara Argentina de Productoras Independientes de Televisión (CAPIT). https://satsaid.com.ar/noticias/el-satsaid-rechazo-por-insuficiente-la-propuesta-de-las-camaras-y-se-fijo-un-cuarto-intermedio-hasta-el-jueves/
#MEDIOS & BROADCASTING
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La Prefectura Naval Argentina, junto al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), realizaron un allanamiento en una emisora radial en la localidad de Monte Caseros. Según las primeras averiguaciones, el allanamiento se dio porque la emisora radial utilizaba una frecuencia no autorizada. Se están realizando las investigaciones correspondientes, debido a que la señal de la emisora efectuaba interferencias en las frecuencias utilizadas por el aeropuerto.
#MEDICIONES|Los 10 grupos Radiofónicos más escuchados vía online en LATAM - Triton Digital publicó sus rankers correspondientes al mes de julio del 2024. En ese informe podrás hallar los grupos de radiodifusión más escuchados vía online en todo el mundo. https://deradios.com/stream/mediciones-los-10-grupos-radiofonicos-mas-escuchados-via-online-en-latam/
Lo que no debemos hacer en la interacción con los oyentes en WhatsApp - Uno de los medios que se acostumbra habilitar en la Radio actual para la interacción con el público es WhatsApp; a partir de esa aplicación ahora la gente puede participar en concursos, pedir canciones, solicitar un consejo, enviar notas de voz, etc. https://deradios.com/medios/consejos-lo-que-no-debemos-hacer-en-la-interaccion-con-los-oyentes-en-whatsapp/
ENACOM declara ilegal la emisora «LA CIEN LA RIOJA» y ordena el cese inmediato de sus transmisiones https://eduardogerman.com/2024/09/05/enacom-declara-ilegal-la-emisora-la-cien-la-rioja-y-ordena-el-cese-inmediato-de-sus-transmisiones/
#TICs
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Carlos Slim invertirá USD 30 millones en un nuevo proyecto en la Ciudad de Buenos Aires - Claro Argentina, una de las principales empresas de telecomunicaciones del país y parte del conglomerado América Móvil, liderado por el empresario mexicano Carlos Slim, anunció la construcción de un nuevo data center en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Con una inversión estimada en más de USD 30 millones para la primera etapa, que se desarrollará entre 2024 y 2026, el proyecto busca fortalecer la infraestructura tecnológica de la ciudad y del país. https://www.impulsobaires.com.ar/nota/317433/carlos-slim-invertira-usd-30-millones-en-un-nuevo-proyecto-en-la-ciudad-de-buenos-aires/#google_vignette
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