Hola, copio la circular del ENACOM sobre autorización a titulares de medios y servicios tic para circular. los datos para la obtención del servicio deben enviarse a permisocirculacionaudiovisual@enacom.gob.ar
#COVID-19.

INSTRUCTIVO PARA LA OBTENCION DE CERTIFICADO DE LICENCIATARIO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
En el marco de la Emergencia Sanitaria y las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional para prevenir la propagación de virus COVID-19, este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES pone a disposición de los licenciatarios de Servicios TIC – quienes se encuentran exceptuados del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” según lo dispuesto por el artículo 6 del DNU 297/20- la expedición del CERTIFICADO DE LICENCIATARIO, a fin de acreditar ante las autoridades que así lo requieran, la excepción de tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación – COVID19 conforme lo dispone la Decisión Administrativa Nº 446/2020.
Para la obtención del CERTIFICADO, el licenciatario/autorizado/permisionario deberá enviar un correo electrónico a la casilla permisocirculacionaudiovisual@enacom.gob.ar, declarando los siguientes datos:
- Personas humanas:
a) Nombre y Apellido Completos,
b) DNI,
c) Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y
d) identificar la Resolución que otorgó la licencia/permiso/autorización para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
- Personas Jurídicas:
a) Documentación que acredite la representación invocada;
b) Razón social completa,
c) Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
d) identificar la Resolución que otorgó la licencia/permiso/autorización para la prestación de servicios de comunicación audiovisual.
Tanto las personas humanas como jurídicas deberán constituir domicilio electrónico (mail) en el que se considerarán válida la emisión del certificado solicitado.
Toda información consignada y documentación que se presente en copia o escaneada, se considerará presentada con carácter de declaración jurada de su autenticidad. La Autoridad de Aplicación estará facultada para requerir sus originales. La falta de presentación de la información exigida o su presentación incompleta o errónea impedirá la obtención del certificado Una vez que el licenciatario brindó la información requerida, se procede a emitir el correspondiente certificado, notificando el mismo a la casilla de correo electrónico (mail) constituida en la solicitud